Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160415-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

108
Madrid número 6. Ejecución 40 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 40 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Oliva Alonso, doña Esperanza Gutiérrez Manzano, don José Raúl García Salmones Gutiérrez, don Julio Grande Sánchez, doña María Beatriz Alia González, doña Marta García Refusta y doña Sonia Pérez Caballero, frente a “Internacional de Transacciones y Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado las siguientes resoluciones, cuyas partes dispositivas dicen literalmente:

Acuerdo despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Sonia Pérez Caballero, doña María Beatriz Alia González, doña Marta García Refusta, don José Raúl García Salmones Gutiérrez, don Julio Grande Sánchez, doña Esperanza Gutiérrez Manzano y doña Ana Isabel Oliva Alonso, frente a la demandada “Internacional de Transacciones y Servicios, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 173.091,58 euros, más 10.385,49 euros y 17.309,15 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Internacional de Transacciones y Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.983/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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