Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160415-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

103
Madrid número 4. Procedimiento 575 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 575 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jonathan Sánchez Reina, frente a “Cerrajería Bepaes, Sociedad Limitada”, y “Reale Seguros Generales, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 16 de marzo de 2016.

Parte dispositiva:

Se aprueban el desistimiento y la conciliación obtenidos por las partes en fecha 16 de marzo de 2016, en los términos siguientes:

Con carácter previo la parte actora manifiesta que desiste de la presente demanda frente a la codemandada “Cerrajería Bepaes, Sociedad Limitada”.

La parte codemandada “Reale Seguros Generales, Sociedad Anónima”, realiza un ofrecimiento de pago por la cantidad de 60.000 euros brutos por todos los conceptos reclamados en la demanda, póliza de responsabilidad civil y de accidentes, que se hará efectiva en el plazo de diez días en la cuenta número IBAN ES40/2038/2840/98/3001609587 de la entidad “Bankia”.

La parte actora acepta los términos y manifiesta no tener nada más que reclamar por estos hechos.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2502/0000/60/0575/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Asimismo, en este mismo acto se les notifica a las partes acta y decreto de fecha 16 de marzo de 2016 aprobando el desistimiento y la conciliación, manifestando los comparecientes su voluntad de no recurrir dicha resolución, declarándola firme una vez notificada a todas las partes con el consiguiente archivo de las actuaciones.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cerrajería Bepaes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.222/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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