Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160415-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

91
Madrid número 2. Procedimiento 339 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 339 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias doña Vanessa Campo Canales, frente a “Servicios de Intermediación Financiera y Cobros, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de 30 de marzo de 2016.

Por presentado el anterior escrito por el letrado don Diego Cuéllar del Pozo, en nombre y representación de la parte actora, en el Registro del Decanato, con fecha de entrada en este Juzgado de 22 de marzo de 2016, únase a los autos de su razón. Visto el anterior escrito y contenido, se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, y en virtud de los artículos 280 y 281 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, cítese a las partes: demandante, doña Vanessa Campo Canales; demandada, “Servicios de Intermediación Financiera y Cobros, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial para el próximo día 9 de junio de 2016, a las doce cuarenta y cinco horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, haciéndoles la advertencia de que en caso de no comparecer la parte actora o su representante legal se le tendrá por desistido de su solicitud, y en caso de no comparecer la empresa o su representante legal se celebrará el acto sin su presencia. Sirva la notificación de la presente resolución a las partes, de citación en legal forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios de Intermediación Financiera y Cobros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/12.363/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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