Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160330-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

134
Madrid número 19. Procedimiento 297 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 297 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Permasteelisa España, Sociedad Anónima Unipersonal”, frente a don Ihor Vasiuk, don Luis Pérez Gil, “Bovis Lend Lease, Sociedad Anónima”, “EP Safey Inplant, Sociedad Limitada”, “Eralan, Sociedad Anónima”, “GAM Estructuras Alquiler de Maquinaria, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, don Juan Capdevila Carrión, “Montajes Miba, Sociedad Limitada”, “Solvia Development, Sociedad Limitada”, “Studios Medo Dos, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acuerdo: No ha lugar a reponer la resolución dictada con fecha 3 de noviembre de 2015, que se mantiene en su integridad.

Hágase saber a las partes que la presente resolución es firme y que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del recurso de queja que, en su caso, pudiera interponerse frente a la resolución que pudiera poner fin al trámite del recurso de suplicación.

Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.

Acuerdo: No ha lugar a reponer la resolución dictada con fecha 3 de noviembre de 2015 que se mantiene en su integridad.

Hágase saber a las partes que la presente resolución es firme y que contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Así por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.

Se tiene por no anunciado el recurso de suplicación mencionado en el hecho primero de esta resolución.

Modo de impugnación: recurso de queja, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución (artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y artículo 189 de la Ley de la Jurisdicción Social), debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 30 euros en la “Cuenta de consignaciones” de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “EP Safey Inplant, Sociedad Limitada”, y “Eralan, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 29 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.758/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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