Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
18-03-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160318-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 4

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Móstoles número 4. Procedimiento 679 de 2014

EDICTO

Doña María del Mar García Escobar, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 4, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal número 679 de 2014, instados por la procuradora doña María del Pilar Poveda Guerra en nombre y representación de “Himardu, Sociedad Limitada”, contra don Antonio González Blasco en reclamación de 5.421,12 euros en los que se ha dictado en fecha 18 de diciembre de 2014, sentencia cuya encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia

En Móstoles, a 18 de diciembre de 2014.

Vistos por don Juan José Sánchez Sánchez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de los de Móstoles y su partido, los presentes autos de juicio verbal número 679 de 2014, instados por “Himardu, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Poveda Guerra y asistida por el letrado señor Valdelomar Aguayo, contra don Antonio González Blasco y “TDV Apoyo Logístico al Transporte, Sociedad Limitada”, declarados en rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la representación de “Himardu, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a don Antonio González Blasco y “TDV Apoyo Logístico al Transporte, Sociedad Limitada”, a que abonen a la actora la suma de 5.421 euros más los intereses de demora pactados, interés legal del dinero incrementado en tres puntos, así como al abono de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. El recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Antonio González Blasco y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Móstoles, a 27 de enero de 2016.—La letrada de la Administración Justicia (firmado).

(02/8.099/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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