Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
05-03-2016

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160305-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2016, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del acta de la comisión negociadora de 16 de noviembre de 2015, por la que acuerdan la modificación del artículo 45.1.l) del convenio colectivo de la empresa Cruz Roja Española (Oficina Central) (código número 28007291011990).

Examinada el acta de acuerdos de la citada fecha de la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Cruz Roja Española (Oficina Central), por la que modifican el artículo 45.1.l) de dicho convenio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, y por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General,

RESUELVE

1. Inscribir el acta de 16 de noviembre de 2015 en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 11 de febrero de 2016.—El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA OFICINA CENTRAL DE “CRUZ ROJA ESPAÑOLA”

En Madrid, a 16 de noviembre de 2015.—En la sede de la Oficina Central de Cruz Roja Española, sita en la avenida de Reina Victoria, número 26, de Madrid, y siendo las nueve horas del día de la fecha, se reúnen los miembros de la comisión negociadora del convenio colectivo de la oficina central que son los siguientes:

Por la representación legal de los trabajadores

Don Raúl Felipe Escribano.

Doña Carmen Ruiz Lozano.

Don Rafael Jato Romero.

Por la empresa

Don José Luis Pascual Ulloa.

Don Fermín Rodríguez Ruiz.

Don Fernando Urgoiti Guijarro.

ACUERDAN

Que tras la propuesta del presidente de Cruz Roja Española al comité de empresa de la Oficina Central de CRE, cursada vía correo electrónico el 12 de noviembre de 2015, en la que se propone como elemento de reconocimiento de la dedicación del personal laboral de la oficina central la inclusión de los días 24 y 31 de diciembre como permiso retribuido, se ha alcanzado el acuerdo de modificar el convenio colectivo de la Oficina Central de Cruz Roja Española en los siguientes términos:

Primero.—Modificación del artículo 45.1.l) que tendrá la siguiente redacción:

l. Los días 24 y 31 de diciembre. En caso de coincidir en día no laborable, estos días se trasladarán al día laborable inmediato anterior o posterior. Se establecerán los turnos necesarios para que esos días queden cubiertos los servicios. Este permiso no se aplicará al personal de sala, compensándose con dos días de libre disposición a lo largo del año.

Segundo.—Delegar en don Fernando Urgoiti Guijarro para que presente en el registro preceptivo esta modificación del convenio colectivo y firme cuantos documentos sean necesarios y realice cuantas acciones sean precisas para lograr el registro y la publicación de la misma en el boletín oficial correspondiente.

Se levanta la sesión siendo las nueve y treinta horas, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

(03/6.179/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.45.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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