Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

CONTRATACIÓN

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El Álamo. Contratación. Licitación formación

1. Entidad adjudicataria. Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Ayuntamiento de El Álamo.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

c) Aprobación expediente contratación: JGL sesión de 15 de febrero de 2016.

d) Dirección de Internet del “perfil del contratante”: www.aytoelalamo.es

e) Número de expediente: JGL 02/16.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo: servicios.

b) Descripción: servicios externos docentes para la impartición de acciones de formación conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad en el marco del Programa de Cualificación Profesional para Aprendices del Plan de Empleo Joven de la Comunidad de Madrid (expediente JGL 02/2016).

Certificado profesionalidad: “Operaciones de Grabación y Tratamiento de Datos y Documentos (ADGG508)”.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto.

c) Criterios de adjudicación: varios criterios cuantificables en cifras o porcentajes previstos en la cláusula 18 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

4. Precio de licitación: 54.432,00 euros, distribuidos en dos lotes, exento de IVA al tratarse de actividades formativas.

5. Garantías exigidas: provisional, exento; definitiva, 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato.

6. Requisitos específicos del licitador:

a) Solvencia económica y financiera: varios de los medios previstos en el artículo 75.1 del TRLCSP, detallados en la cláusula 14.A) del Pliego de Cláusulas Administrativas; deberá acreditarse mediante el medio siguiente:

1. Volumen anual de negocios: el licitador deberá acreditar convenientemente tener un volumen de negocios en el ámbito de las actividades correspondientes al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios, acreditando un volumen total de negocios acumulado en dicho período igual o superior a 50.000 euros.

b) Solvencia técnica o profesional: varios de los medios previstos en el artículo 78.1 del TRLCSP, detallados en la cláusula 14.B) del Pliego de Cláusulas Administrativas; deberá acreditarse mediante el medio siguiente:

1. Criterio de selección: se considerará acreditada esta solvencia por aquellas entidades que en los últimos tres años hayan realizado al menos dos acciones docentes de formación profesional impartidas en el marco de los convenios para la formación de organismos oficiales de ámbito estatal o regional similares a las solicitadas, de los siguientes tipos: Formación Profesional Reglada. Programa de Cualificación Profesional Inicial y Garantía Social. Formación Profesional para el Empleo, Ocupacional y Continua, desarrollada en el ámbito estatal o regional, y financiada por el Servicio Regional de Empleo o por el Servicio Público de Empleo Estatal, u otra formación regulada por norma legal dirigida a la obtención de carnés o habilitaciones profesionales.

2. Personal docente formador: deberán acreditar estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes; título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes; Técnico Superior de las familias profesionales de Administración y Gestión e Informática y Comunicaciones; certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3 del área de Gestión de la Información y Comunicación de la familia profesional de Administración y Gestión; certificados de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional de Informática y Comunicaciones. Si el título aún no se tiene expedido, se acreditará mediante la presentación de la solicitud del mismo. En caso de que el título esté expedido en el extranjero, deberá ser homologado por el órgano competente.

Deberán contar con una experiencia profesional mínima acreditada de un año, y de tres años sin acreditación.

7. Plazo de presentación de ofertas: quince días naturales, computados desde la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Lugar de presentación: Registro de Entrada Municipal situado en la Casa Consistorial, plaza de la Constitución, número 1, 28607 El Álamo (Madrid).

El Álamo, a 16 de febrero de 2016.—La alcaldesa, Natalia Quintana Serrano.

(01/6.299/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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