Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-277

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

277
Alicante número 1. Procedimiento 282 de 2012

EDICTO

Don Agustín Rifé Fernández-Ramos, secretario del Juzgado de lo social número 1 de Alicante.

Hace saber: Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo social con el número 282 de 2012, recurso número 124 de 2015, por cantidades, instado por doña María del Carmen Beneyto Llobregat y otros, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, “Kluh Linaer España, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana, se ha dictado diligencia de ordenación de traslado de impugnación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don Agustín Rifé Fernández-Ramos.—En Alicante, a 19 de enero de 2016.

De conformidad con el artículo 197, 2 y 3, de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, se tiene por impugnado por la parte demandante, en tiempo y forma, el recurso de suplicación en su día anunciado, dese traslado del mismo a las demás partes, y toda vez conste la notificación de la presente resolución, sin más trámites elévense los autos a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, junto con el recurso y escritos presentados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado en cualquier sucursal de “Banesto”, con especificación en el mandamiento de ingreso de la cuenta del Juzgado número 0111/0000, indicando en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”, número de expediente 874/2010, o por transferencia bancaria, indicándose después de los dieciséis dígitos el código y tipo de recurso, al tiempo de inteponerlo, únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” y “Terral Wind, Sociedad Limitada”, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido lo fue en calle Cronos, número 8, de Madrid, expido la presente en Alicante, a 19 de enero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.869/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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