Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160205-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BADAJOZ NÚMERO 1

169
Badajoz número 1. Procedimiento ordinario 293 de 2015

EDICTO

Don José María Hidalgo Esperilla, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Badajoz.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 293 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Martín Acosta, contra la empresa “Plus-Quam Servicios de Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Estimo la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por doña María Martín Acosta, frente a “Plus-Quam Servicios de Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, y condeno a dicha empresa a abonar a la actora la suma de 10.069,76 euros, más el 10 por 100 de interés anual.

Asimismo, le condeno a abonar a la actora la cantidad de 1.959,36 euros en concepto de indemnización por despido objetivo.

Sin perjuicio de las responsabilidades que puedan corresponder al Fondo de Garantía Salarial, una vez sea declarada la insolvencia de la empresa.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, recurso de suplicación que ha de ser anunciado en los cinco días siguientes a la notificación de la misma, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o de su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o de su representante dentro del plazo indicado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Plus-Quam Servicios de Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Badajoz, a 18 de diciembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/1.384/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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