Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160202-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Disolución Junta de Compensación

Anuncio de la aprobación definitiva de la disolución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 19.04 “Las Gallegas-Avenida de Daroca”. Distrito de Vicálvaro.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2015 y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2015/881, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 19.04 “Las Gallegas-Avenida de Daroca” por haber cumplido con las obligaciones urbanísticas establecidas legal y estatutariamente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 10.3 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid, de aplicación según lo dispuesto en la disposición transitoria 4.a de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y el artículo 58 de los Estatutos de la Junta de Compensación y en base al informe de la Subdirección General de Gestión Urbanística de 7 de diciembre de 2015, y sin perjuicio de las actuaciones posteriores que les corresponda efectuar a los liquidadores designados por la Asamblea General de la Junta de Compensación en su sesión de 17 de diciembre de 2014.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión de esta Comunidad, debiendo dar traslado del mismo al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid para la cancelación de su anotación administrativa».

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado según lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas (en su redacción introducida por la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992), o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

En Madrid, a 14 de enero de 2016.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/1.550/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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