Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 20

Fecha del Boletín 
25-01-2016

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160125-7

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2015, de la Directora General de Administración Local, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio.

Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio de supresión del puesto de colaboración denominado “Vicesecretaría-Intervención”, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobado por Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada en día 4 de mayo de 2015.

Vista la reiteración y manifestación de continuar con la tramitación del expediente de supresión del puesto de colaboración denominado “Vicesecretaría-Intervención” reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de 26 de noviembre de 2015.

Visto el informe de 23 de diciembre de 2014, emitido a requerimiento de la Dirección General de Cooperación con la Administración Local de la Comunidad de Madrid, por la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en la que se determina que al haberse derogado expresamente la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, la normativa aplicable en materia de creación y supresión de puestos de colaboración reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional será la contenida en el artículo 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales puedan crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaría, Intervención y Tesorería, correspondiendo su clasificación a las Comunidad Autónomas.

Visto que el artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, establece que los expedientes serán resueltos por el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva. Las Resoluciones correspondientes se publicarán en los diarios oficiales.

Visto que en relación con el expediente de supresión del puesto de colaboración denominado Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, se debe concluir que la competencia para la supresión del puesto corresponde al propio Ayuntamiento, mientras que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 25/2015, de 26 de junio; Decreto 72/2015, de 7 de julio, y Decreto 194/2015 de 4 de agosto,

HE RESUELTO

1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, al Acuerdo de supresión del puesto de colaboración de “Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio”, adoptado por dicho Ayuntamiento, mediante Acuerdo de Pleno, de 4 de mayo de 2015, y escrito de reiteración de 26 de noviembre de 2015, en virtud de las competencias que le atribuye del artículo 2.g) del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

2. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. Comunicar la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a los efectos que sean procedentes.

4. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio o ante la Directora General de Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2015.—La Directora General de Administración Local, Míriam Rabaneda Gudiel.

(03/1.022/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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