Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160121-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

134
Madrid número 14. Procedimiento ordinario 1.005 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.005 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Miguel Santamaría Correa, frente a “Izamar, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 536 de 2015

En Madrid, a 11 de diciembre de 2015.—Vistos por mí, don José Lara Astiaso, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: don Juan Miguel Santamaría Correa, como demandante, asistido por el letrado don Andrés Alberto Fariña de Elena, y como demandados, “Izamar, Sociedad Anónima”, y don Fernando Azcona Recio, quienes constando citados no comparecen, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

En virtud de lo expuesto en esta sentencia, decido: Estimar la demanda promovida por don Juan Miguel Santamaría Correa, frente a “Izamar, Sociedad Anónima”, y en virtud de la estimación, condenar a la empresa demandada a abonar al actor 2.235,60 euros en concepto de deudas salariales, así como al pago de intereses de demora del 10 por 100 anual sobre esta cuantía desde la fecha del devengo.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso alguno.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Izamar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.964/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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