Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2016

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160121-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5

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Majadahonda número 5. Juicio de faltas 31 de 2015

EDICTO

Doña Cristina Seivane Terán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 31 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Majadahonda, a 21 de enero de 2015.—Vistos por don Sergio Burguillo Pozo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Majadahonda y su partido, los precedentes autos de juicio de faltas número 31 de 2015, seguidos por una presunta falta de hurto, incoado en virtud de atestado, en el que han sido partes: en calidad de denunciante, doña Luisa Cristina Lasprilla Ruiz, y en calidad de denunciados, don Alejandro Ronco Sanz y don Miguel Salvattore Gonzales, constando en las actuaciones las circunstancias personales de los mismos. Ha sido parte el ministerio fiscal.

Fallo

Condeno a don Alejandro Ronco Sanz y don Miguel Salattore Gonzales, como autores responsable de una falta de hurto, prevista y penada en el artículo 623 del Código Penal, a la pena de multa de treinta días, a razón de una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 90 euros, a cada uno de ellos.

Para el supuesto de que la condena no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeta a responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Miguel Salvattore Gonzales, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 9 de diciembre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/37.744/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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