Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2016

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160121-22

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

22
Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Delegación temporal de funciones

Siendo preceptiva su publicación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad al decreto de Alcaldía-Presidencia registrado 1303/2015, de 22 de diciembre, de delegación temporal de funciones por motivo de la ausencia de un concejal, según se transcribe:

“En Fuenlabrada, por don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se ha dictado el siguiente decreto:

Resultando que a través de decretos de esta Alcaldía de 15 y 16 de junio de 2015 se procedió a delegar en don Francisco Javier Ayala Ortega competencias tanto genéricas en materia de presidencia, participación ciudadana, comunicación y atención ciudadana, como específicas en materia de certificaciones de empadronamiento que se emitan por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como la firma de aquellos otros asuntos que puedan concernir a este Ayuntamiento en relación con el padrón municipal conforme a lo establecido por el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Resultando que en fecha 15 de junio de 2015 se nombró a don Antonio González Moldes como concejal-delegado en materia de mantenimiento de parques y jardines, limpieza viaria y recogida de residuos.

Resultando que don Francisco Javier Ayala Ortega se encontrará fuera del municipio por vacaciones del 26 de diciembre de 2015 al 10 de enero de 2016, lo cual supone un agravio para la gestión municipal diaria en las diferentes delegaciones de su competencia.

Considerando lo establecido por el artículo 124.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, en aplicación del régimen de organización de los municipios de gran población, el alcalde para un mejor funcionamiento de la gestión municipal podrá delegar en los demás concejales, mediante decreto, las competencias del artículo 124.4, excepto los apartados b), e), h) y j).

Considerando que el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales señala que el alcalde puede delegar sus atribuciones, salvo las mencionadas en los artículos 21.3 y 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la gestión de asuntos determinados.

Es por todo ello y en virtud de la legislación vigente que vengo en resolver:

Primero.—Delegar en el concejal don Antonio González Moldes, de forma temporal desde el 26 de diciembre de 2015 al 10 de enero de 2016, las competencias tanto genéricas en materia de presidencia, participación ciudadana, comunicación y atención ciudadana, como específicas en materia de certificaciones de empadronamiento que se emitan por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, así como la firma de aquellos otros asuntos que puedan concernir a este Ayuntamiento en relación con el padrón municipal conforme a lo establecido por el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados.

Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Fuenlabrada, a 22 de diciembre de 2015.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/696/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160121-22