Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151126-231

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

231
Alicante número 1. Asunto 725 de 2012

EDICTO

Don José Agustín Rifé Fernández-Ramos, secretario del Juzgado de lo social número 1 de Alicante.

Hace saber: Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo social con el número 725 de 2012, recursos números 30 y 33 de 2015, por cantidades, instado por doña Elvira Josefa Castilla Díaz, frente a “Kluh Linaer España, Sociedad Limitada”, “Terral Wind, Sociedad Limitada”, Conselleria de Sanidad, “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado diligencia de ordenación, traslado e impugnación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación del letrado de la Administración de Justicia, don José Agustín Rifé Fernández-Ramos.— En Alicante, a 27 de octubre de 2015.

De conformidad con el artículo 197.2 y 3 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, se tiene por impugnado por la parte demandada Conselleria de Sanidad, en tiempo y forma, el recurso de suplicación en su día anunciado, dese traslado del mismo a las demás partes, y toda vez conste la notificación de la presente resolución, sin más trámites elévense los autos a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, junto con el recurso y escritos presentados.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado en cualquier sucursal de “Banesto”, con especificación en el mandamiento de ingreso de la cuenta del Juzgado número 0111/0000, concepto “Recurso”, tipo “Reposición-Social”, código “30”, número de expediente 000874/2010, o por transferencia bancaria indicándose, después de los dieciséis dígitos, el código y tipo de recurso al tiempo de interponerlo, únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirán ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Terral Wind, Sociedad Limitada”, y “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido lo fue en la calle Cronos, número 8, de Madrid, expido la presente en Alicante, a 27 de octubre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.464/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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