Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2015

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151126-211

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

211
Madrid número 41. Ejecución 19 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 19 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Horacio Núñez Peque, don Miguel Ángel Amigo Pacios y doña Sonia Sangrador Cazorla, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Parte dispositiva:

Se acuerda la acumulación a la presente ejecución número 19 de 2015 de la que se sigue también en este Juzgado con el número de ejecución forzosa 107 de 2015, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.

Se acuerda ampliar en otros 1.283,39 euros de principal, más 128,34 euros y 128,34 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, librándose los correspondientes despachos.

El principal total de las dos ejecuciones acumuladas asciende a 9.767,54 euros, más 976,75 euros y 976,75 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Parte dispositiva:

El anterior escrito de la parte ejecutante, únase a los autos de su razón y dese traslado a la parte contraria.

Visto lo solicitado en el mismo, hágase saber a la parte ejecutante que en los presentes autos ya se acordó el embargo sobre el crédito de la ejecutada con “Unión Fenosa Distribución” y de los saldos de la ejecutada en las entidades “Banco Santander”, “Banco de Sabadell”, “Bankia”, “Deutsche Bank” y “Banco Popular”, de cuya respuesta por parte de dichas entidades ya se dio traslado a esa parte.

Se acuerda el embargo sobre los créditos que contra las empresas “Gas Natural SDG”, “Telefónica de España”, “Servicios Personas y Salud”, “DHL Exel Supply Cain” (Spain), “Sigla” y “Sener Ingeniería y Sistemas”, ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con las mismas en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrense los correspondientes oficios a las referidas empresas al objeto de requerirles, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días procedan a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas y conforme al embargo trabado sobre los saldos de la ejecutada en las cuentas bancarias, líbrese oficio dirigido a las entidades “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Bankinter”, y “Caixa Cataluña” a fin de que retengan y pongan a disposición de este Juzgado las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de octubre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.127/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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