Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151126-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

208
Madrid número 40. Ejecución 156 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecutivo número 156 de 2015 (autos número 91 de 2014), de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Fundación Laboral de la Construcción, frente a “Grupo Nedelcu, Sociedad Limitada Unipersonal”, se ha dictado decreto de fecha 27 de octubre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 21,97 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones “Grupo Nedelcu, Sociedad Limitada Unipersonal”.

Hágase entrega a la ejecutante Fundación Laboral de la Construcción de la cantidad de 21,97 euros en concepto de intereses, librando el oportuno mandamiento.

Póngase a disposición de la ejecutada “Grupo Nedelcu, Sociedad Limitada Unipersonal”, la cantidad de 229,41 euros en concepto de sobrante, librando el oportuno mandamiento.

Se pone en conocimiento de las partes que el mandamiento de pago caduca a los tres meses desde la fecha de expedición y que transcurrido un año desde la fecha de la puesta a disposición sin que el mismo se recoja por su destinatario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 y 2 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, las referidas cantidades serán transferidas a la cuenta especial de “Fondos provisionalmente abandonados”, al objeto de cumplir con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 33/2003, de Administraciones Públicas.

Notifíquese a las partes, y una vez verificado lo anterior, archívense las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 4684/0000/64/0156/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Nedelcu, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de octubre de 2015.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.334/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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