Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
03-11-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151103-319

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

319
Móstoles número 2. Procedimiento 778 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento número 778/2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de don Marcos Gómez Gómez, frente a “Centro Asistido San Agustín , Sociedad Limitada”, “Editec Ingenieria de Servicios, Sociedad Limitada”, “Editec Medioambiente, Sociedad Limitada”, “Editec Obras y Proyectos, Sociedad Limitada”, Fogasa, “Grupo Editec Gestión y Servicios, Sociedad Limitada”, “Plato Formas y Arquitectura, Sociedad Limitada”, y “Promociones Editec, Sociedad Limitada”, sobre despidos, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda la acumulación a los presentes autos número 778/2015, de los que se siguen en el Juzgado de lo social número 1 de Móstoles con el número 1020 de 2015, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos, viniendo señalado el acto de conciliación y/o juicio para el día 19 de noviembre de 2015, a las diez y cuarenta y cinco horas.

Remítase oficio al referido Juzgado, comunicándole la presente resolución, enviando testimonio de la misma y reclamándole la inmediata remisión del/de los autos acumulados.

Se tienen por ampliadas las cantidades reclamadas por la parte actora, dándose traslado de contrario del escrito presentado.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este juzgado abierta en la entidad Banco Santander con número 2851-0000-61-0778-15 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Medioambiente, Sociedad Limitada”, y “Promociones Editec, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a 14 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.575/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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