Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
26-10-2015

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151026-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Ordenanza fiscal vertedero municipal

El Pleno, en sesión celebrada el día 7 de octubre de 2015, toma el acuerdo de aclaración y de corrección de error en el artículo 5 de la “Ordenanza reguladora y fiscal de la tasa por la utilización del vertedero municipal para el vertido de tierras en el municipio de Santa María de La Alameda”, que es el siguiente:

— Hacer la corrección para su aclaración del artículo 5,a): donde dice “De 0 a 15: 4,33 euros”; debe decir “a) De 0 a 15: 4,33 euros/metro cúbico”.

— Hacer la corrección del error material del artículo 5,b): donde dice “b) De 15 en adelante: 0,70 metros cúbicos/euros”; debe decir “b) De 15 en adelante: 0,70 euros/metro cúbico.

De tal forma, el artículo 5 queda redactado de la siguiente forma:

“Art. 5. Cuota tributaria.

Sobre la base imponible establecida en el artículo anterior se aplicará la siguiente tarifa:

Volumen en metros cúbicos:

a) De 0 a 15: 4,33 euros/metro cúbico.

b) De 15 en adelante: 0,70 euros/metro cúbico.

Cuando, atendiendo al tipo de obra, no se pueda determinar conforme a la fórmula anterior, se aplicará la siguiente tarifa:

— Camión de tierra: 10 euros.

— Contenedor de tierra: 6,75 euros”.

En Santa María de la Alameda, a 9 de octubre de 2015.—La alcaldesa, María Begoña García Martín.

(03/29.462/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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