Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151010-28

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

28
Procedimiento 1.056 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.056 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Hospido Mena, frente a don Ezequiel Hipólito Silva y “Hablkeu, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debo dictar sentencia con los siguientes pronunciamientos:

1. Que estimando la acción de despido improcedente interpuesta por doña Gema Hospido Mena, contra “Hablkeu, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha de agosto de 2014 del que la demandante fue objeto, condenando a “Hablkeu, Sociedad Limitada Unipersonal”, a estar y pasar por esta declaración.

2. Declaro extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día 10 de septiembre de 2015.

3. Condeno a “Hablkeu, Sociedad Limitada Unipersonal”, conforme se establece en el fundamento de derecho sexto, a abonar a doña Gema Hospido Mena la indemnización por importe de 2.160,41 euros.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Santander” a nombre de este Juzgado, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 con el número 2510/0000/61/1056/14, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la cuenta IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274 con el número 2510/0000/61/1056/14 del “Banco Santander”, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ezequiel Hipólito Silva y “Hablkeu, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.159/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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