Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2015

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151006-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Procedimiento 179 de 2015

SALA DE LO SOCIAL

Sección Primera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Carrasco Manzanares, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 179 de 2015 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de doña María Esther Jaén Jaén, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Vaz Lorenco, Sociedad Limitada”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 662 de 2015

Ilustrísimos señores, don Juan Miguel Torres Andrés, don Ignacio Moreno González-Aller y doña María José Hernández Vitoria.—En Madrid, a 10 de septiembre de 2015.

Habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los ilustrísimos señores citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española, de 27 de diciembre de 1978, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que le confiere el pueblo español ha dictado la siguiente sentencia.

En el recurso de suplicación número 179 de 2015 formalizado por el letrado don Juan Carlos Rois Alonso, en nombre y representación de doña María Esther Jaén Jaén, contra la sentencia de fecha 10 de diciembre de 2014 dictada por el Juzgado de lo social número 41 de Madrid, en sus autos número 186 de 2014, seguidos a instancias de doña María Esther Jaén Jaén, frente a “Vaz Lorenco, Sociedad Limitada” y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, siendo magistrada-ponente la ilustrísima señora doña María José Hernández Vitoria, y deduciéndose de las actuaciones habidas lo siguiente:

Fallamos

Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por doña María Esther Jaén Jaén contra la sentencia de fecha 10 de diciembre de 2014 dictada por el Juzgado de lo social número 41 de Madrid, en sus autos número 186 de 2014, y confirmamos la sentencia de instancia. Sin costas.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vaz Lorenco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, 10 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.533/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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