Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151006-252

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

252
Ejecución 142 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 142 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Ángel López Jiménez, doña María Isabel Blanco Gómez y don Pablo Alcaraz Bustillo, frente a “Innova Data Center, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Por presentado el anterior escrito de los ejecutantes junto con la documentación que se acompaña, únase a los autos de su razón.

Dese traslado de copia de dicho escrito y del presentado en fecha 17 de julio de 2015, por la parte actora a las otras partes de la ejecución, y conforme a lo solicitado se acuerda citar a las partes y a la empresa “Innova BPO, Sociedad Limitada”, a la oportuna comparecencia incidental, en la cual podrá alegar y probar cuanto a su derecho convenga. Se señala para dicho acto el día 13 de octubre de 2015, a las diez y quince horas, y constando en otros procedimientos seguidos en este Juzgado que la empresa frente a la que se pretende ampliar la ejecución (“Innova BPO, Sociedad Limitada”) tiene el mismo domicilio que la demandada, cítese a ambas entidades en dicho domicilio.

Se advierte a las partes de que deberán comparecer a dicho acto con los medios de prueba de que intenten valerse y que podrán solicitar, al menos con tres días de antelación a la fecha de la comparecencia, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en dicho acto, requieran diligencias de citación o requerimiento (artículo 90.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así, lo acuerdo y frimo.—Doy fe, la secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Innova Data Center, Sociedad Limitada” e “Innova BPO, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 1 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.448/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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