Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2015

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151001-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

39
Procedimiento 268 de 2013

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 268 de 2013 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo número 268 de 2013, interpuesto por “Cimodin, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Isabel Afonso Rodríguez, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Torrelodones de fecha 18 de diciembre de 2012, por el que se aprueba la ordenanza fiscal número 8 reguladora de la tasa por el servicio de recogida de basuras o residuos sólidos urbanos de Torrelodones, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 21 de diciembre de 2012.

Anulamos el artículo 5.1.13 de esta ordenanza, cuyo contenido es el siguiente:

“Cuota tributaria.—La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa: establecimientos públicos, establecimientos de ocio y negocio, grandes superficies de más de 4.000 metros cuadrados, que acrediten mediante facturas o cualquier otro documento que proceden por sus propios medios a la retirada hasta los correspondientes vertederos de los residuos generados en el normal ejercicio de su actividad empresarial, pagaran una cuota fija por las zonas comunes: 1.000 euros.”

No hacer expreso pronunciamiento sobre las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo que se deberá preparar, ante esta Sala, en el plazo de diez días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de esta Sección número 2612 (“Banesto”), especificando en el campo “Concepto”, la indicación “Recurso”, seguida del código “24 Contencioso-Casación” (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta-expediente (separados por un espacio).

Procédase a la publicación del fallo de esta sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el plazo de los diez días siguientes a la firmeza de la presente sentencia.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.956/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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