Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150923-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

127
Procedimiento 514 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 514 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Concepción García-Fraile Díaz, frente a doña Olga María Frades Álvarez, “Planasrobledo, Sociedad Limitada” y “Zimhans Consultores, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que, estimando íntegramente las demandas formuladas por doña Concepción García-Fraile Díaz, contra “Planasrobledo, Sociedad Limitada”, “Zimhans Consultores, Sociedad Limitada” y doña Olga María Frades Álvarez, y con intervención del Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de despido, debo declarar y declaro la improcedencia del mismo, y la vigencia de la relación laboral hasta esta fecha. Asimismo, se estima la demanda de extinción por voluntad del demandante y se declara extinguida la relación laboral a fecha de la presente sentencia, y se condena solidariamente a “Planasrobledo, Sociedad Limitada”, “Zimhans Consultores, Sociedad Limitada” y doña Olga María Frades Álvarez, a que abonen a doña Concepción García-Fraile Díaz en concepto de indemnización la cantidad de 5.119,03 euros, y al abono de los salarios de tramitación correspondientes, desde la fecha de despido hasta la fecha de la sentencia, por importe de 10.432,70 euros. Y por último, se estima la demanda de cantidad interpuesta y se condena solidariamente a “Planasrobledo, Sociedad Limitada”, “Zimhans Consultores, Sociedad Limitada” y doña Olga María Frades Álvarez a que abonen a doña Concepción García-Fraile Díaz la cantidad de 12.959,78 euros, cantidad esta última que será incrementada con el 10 por 100 de interés por mora desde la interposición de la demanda.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Se advierte a las partes de que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Zimhans Consultores, Sociedad Limitada” y “Planasrobledo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.054/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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