Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
22-09-2015

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150922-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

107
Ejecución 316 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 316 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vasile Adrian Sulivastru, frente a doña Loreto Casado Bartolomé, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de 29 de abril de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 16.514,40 euros de principal, más 873,16 euros de interés por mora y 1.794,00 euros de intereses legales y costas, provisionalmente calculados, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada, doña Loreto Casado Bartolomé, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aun pendiente de pago, con el siguiente desglose principal pendiente:

Don Vasile Adrian Sulivastru: 13.554,76 euros (correspondiendo 5.766,38 euros en concepto de indemnización y 7.788,38 euros en concepto de cantidad).

Don Juan Antonio Martín López: 1.668,01 euros en concepto de cantidad.

Don Ionut Milea: 1.291,63 euros en concepto de cantidad.

Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2851-0000-64-0316-11.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, María Isabel Cano Campaña.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Loreto Casado Bartolomé, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 21 de agosto de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.961/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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