Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
03-09-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150903-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

27
Juez de paz sustituto

Don Luis Alberto Sosa Gayé, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo (Madrid).

Hago saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada juez de paz sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.

Que se abre un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía, acompañando la siguiente documentación:

— Solicitud.

— Certificado de antecedentes penales.

— Fotocopia de DNI.

— Declaración expresa de que la persona interesada reúne las condiciones de capacidad y compatibilidad exigidas por la Ley.

— Cuantos documentos considere oportunos para la valoración de méritos.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Villanueva del Pardillo, a 8 de abril de 2015.—El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.

(03/24.732/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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