Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 208

Fecha del Boletín 
02-09-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150902-42

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

42
Procedimiento 1.059 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.059 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Encarnación Hidalgo Romera, frente a “Sundavall Corporation, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 346 de 2015

En Madrid, a 23 de julio de 2015.

Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido por despido, a instancias de doña Encarnación Hidalgo Romera, frente a la empresa “Sundavall Corporation, Sociedad Limitada”. Ha sido citado el Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que, estimando en parte las pretensiones de la demanda, y sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial, en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores:

Primero.—Califico como improcedente el despido objeto de este proceso y declaro extinguido en la fecha de esta sentencia el contrato de trabajo que vinculaba a doña Encarnación Hidalgo Romera con la empresa “Sundavall Corporation, Sociedad Limitada”, a la que condeno a abonar a la actora una indemnización de 2.145,00 euros.

Segundo.—Respecto de la acción ordinaria de reclamación de cantidad, condeno a la empresa “Sundavall Corporation, Sociedad Limitada”, a abonar a doña Encarnación Hidalgo Romera la cantidad de 1.050,00 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores que devengue la parte del principal correspondiente a 900,00 euros (salario de julio de 2013).

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase de que, contra la misma, cabe interponer recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria (0049), oficina (3569), dígito de control (92), número de cuenta (0005001274), beneficiario (Juzgado de lo social número 1 de Madrid), concepto (2499000000) y número del presente procedimiento judicial (unido sin separación a la numeración del “concepto”, con seis dígitos, cuatro para el número del procedimiento y los dos últimos para el año), en la sucursal correspondiente del “Banco Santander”; o bien, presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300,00 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sundavall Corporation, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.484/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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