Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2015

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150820-14

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

14
Modificación precio público enterramientos

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 6 de agosto de 2015, ha adoptado el siguiente acuerdo, que se transcribe literalmente a continuación:

«Punto 2.o Propuesta de modificación del precio público para el cobro de los servicios que se presten en los enterramientos de población musulmana y otros servicios funerarios vinculados a aquel en el denominado “cementerio musulmán” de Griñón.

Visto que, mediante providencia de esta Alcaldía de 16 de julio de 2015, se inició el expediente para la modificación del precio público para el cobro de los servicios que se presten en los enterramientos de población musulmana y otros servicios funerarios vinculados a aquel en el denominado “cementerio musulmán” de Griñón.

Visto el informe de 17 de julio de 2015, de la Secretaría General, sobre legislación aplicable, procedimiento a seguir y delimitación de la figura tributaria por la que los usuarios deben abonar los servicios funerarios que se presten, objeto del expediente.

Visto el estudio económico para la modificación del precio público por inhumaciones en el cementerio musulmán de la Intervención Municipal de 17 de julio de 2015.

Visto el informe de la Intervención Municipal, número 129/2015, de 17 de julio, de fiscalización de la modificación del precio público por inhumaciones en el cementerio musulmán.

Consta en el expediente el dictamen preceptivo de la Comisión Informativa Especial de Cuentas y Permanente de Economía y Hacienda, Contratación, Bienes y Patrimonio, de 4 de agosto de 2015.

Considerando que el órgano competente es la Junta de Gobierno Local en el ejercicio de las facultades delegadas en virtud de la ordenanza general reguladora del establecimiento o modificación de precios públicos por el Ayuntamiento de Griñón, aprobada por el Pleno en sesión de 21 de noviembre de 2013 y publicada definitivamente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 23, de 28 de enero de 2014, y al acuerdo de delegación de competencias aprobado por el Pleno en sesión de 29 de junio de 2015 (publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 165, de 14 de julio de 2015), se aprueba, por unanimidad de todos los concejales presentes, un total de cuatro:

Primero.—Modificar el precio público en concepto de enterramientos de población musulmana y otros servicios funerarios vinculados a aquel en el denominado “cementerio musulmán” en Griñón, del siguiente modo:

a) Inhumación de un cuerpo en una sepultura: 1.969,01 euros, IVA incluido.

b) Inhumación de un cuerpo en 1/6 parte de una sepultura: 651,74 euros, IVA incluido.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la web municipal y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en los términos del artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.—Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer el siguiente recurso:

— Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acuerdo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, cabrá recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso administrativo de Madrid, en los plazos que a tal efecto señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa».

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos indicados.

En Griñón, a 6 de agosto de 2015.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(03/24.287/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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