Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150820-10

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Régimen de retribuciones miembros corporativos

El Pleno del Ayuntamiento de Cercedilla, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de junio de 2015, y en sesión ordinaria celebrada el día 6 de agosto de 2015, respectivamente, adoptó sendos acuerdos por los que se establece el régimen de retribuciones de los miembros corporativos que ejercerán su función en régimen de dedicación exclusiva, siendo los siguientes:



Concejalía de Ordenación del Territorio, Medio Ambiente, Urbanizaciones, Personal, Obras, Servicios y Aguas.

Retribuciones que se percibirán en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las 2 restantes correspondientes a los meses de junio y diciembre, procediéndose a su alta en el régimen general de la Seguridad Social.

De conformidad con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades, la percepción de estas retribuciones será incompatible con el ejercicio de todo tipo de actividad retributiva y con la de cualquier otra retribución con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos y empresas de ellas dependientes.

Asimismo, estas retribuciones serán objeto de incremento anual, en la cuantía que se establezca para los empleados públicos en el Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio correspondiente.

Cercedilla, a 7 de agosto de 2015.—El alcalde-presidente, Luis Miguel Peña Fernández.

(03/24.269/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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