Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
18-08-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150818-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

50
Padrones impuesto bienes inmuebles urbana y rústica

Aprobados por Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada los días 14 de mayo de 2015 y 16 de junio de 2015, quedan expuestos al público en el Servicio de Recaudación Municipal de este Ayuntamiento los padrones relativos al impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, impuesto sobre actividades económicas y tasa de recogida de basura, referidos al ejercicio 2015.

La cobranza tendrá lugar en período voluntario:

— Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica e impuesto sobre actividades económicas, desde el 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2015, ambos inclusive.

— Tasa de recogida de basura, desde el 1 de junio hasta el 31 de julio de 2015, ambos inclusive.

Terminado el período voluntario de pago se iniciará el período ejecutivo, que determinará el devengo de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo, en los términos establecidos en los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

La exposición pública tiene los efectos de notificación colectiva de los padrones y datos consignados en los mismos, a cada uno de los sujetos pasivos.

Contra el acto de aprobación y de las liquidaciones puede formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente, previo al recurso contencioso-administrativo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización de su exposición pública, lo cual no obsta a la ejecutividad recaudatoria de los padrones.

Dichos padrones se expondrán al público, por el plazo reglamentario de quince días.

En Villalbilla, a 17 de julio de 2015.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.

(02/4.260/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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