Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 195

Fecha del Boletín 
18-08-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150818-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

134
Ejecución 42 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 42 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dolger Yury Campos López, don Filomeno Sánchez Mateos Aparicio, don Gregorio Parra Moreno, don Manuel Macías Ordóñez, don Miguel Jarillo Barrón, don Roberto Wagner Campos López y don Wilmer Gonzalo Domínguez Lanche, frente a “Imper, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el auto de fecha 14 de abril de 2015 en su parte dispositiva, quedando dicha parte en los siguientes términos:

«Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Wilmer Gonzalo Domínguez Lanche (22.538,35 euros), don Miguel Jarillo Barrón (25.842,10 euros), don Manuel Macías Ordóñez (23.862,85 euros), don Dolger Yury Campos López (37.431,92 euros), don Roberto Wagner Campos López (57.179,49 euros), don Gregorio Parra Moreno (35.683,38 euros) y don Filomeno Sánchez Mateos Aparicio (43.184,30 euros), frente a la demandada “Imper, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 245.722,39 euros, más 14.743,34 euros y 24.572,23 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.»

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Seoane García.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Imper, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.182/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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