Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
17-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150817-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

82
Procedimiento 538 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 538 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Nieto Paradinas, don Daniel Mielgo Bregazzi, doña Dora Lengyel, doña Edurne Sanz Puentes, don Francisco Javier Leal Caballero, doña María Martín Serrano, don Miguel Granados Londoño, doña Mirjam Johanna Lange, doña Natalia Sánchez Román, doña Patricia Casado Velasco, don Salvador Domínguez Lázaro y don Sergio Kishore Cordeiro Alcaine, frente a “Babylon Idiomas, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Acceder a la acumulación de los autos número 582 de 2015, a instancias de doña Carmen Nieto Paradinas, don Miguel Granados Londoño, doña Patricia Casado Velasco, don Francisco Javier Leal Caballero, don Salvador Domínguez Lázaro, doña Edurne Sanz Puentes, doña Natalia Sánchez Román, doña Míriam Johanna Lange, don Sergio Kishore Cordeiro Alcaine, doña María Martín Serrano, don Daniel Mielgo Bregazzi y doña Dora Lengyel, frente a “Babylon Idiomas, Sociedad Limitada”, en materia de despido, seguidos en el Juzgado de lo social número 37 de Madrid, a los autos número 538 de 2015 seguidos en este Juzgado de lo social número 19 de Madrid, continuándose las actuaciones en un solo procedimiento y dando de baja los presentes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Babylon Idiomas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/23.133/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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