Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-230

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 6

230
Procedimiento 12 de 2014

EDICTO

En los autos juicio verbal alimentos número 12 de 2014 se ha dictado sentencia de 3 de julio de 2015, en cuyo fallo se establece lo siguiente:

Fallo

Que desestimo la demanda interpuesta por doña Liliana Jazmina Gordon Martínez, representada por la procuradora doña Verónica García Simal, contra don Mario Eduardo Condor Placencia, sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma pueden interponer recurso de apelación del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid y que se presentará ante este mismo Juzgado en un plazo de veinte días a partir de su notificación por medio de escrito en el que el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional decimoquinta de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Mario Eduardo Condor Placencia se expide la presente en Madrid, a 6 de julio de 2015.—El secretario (firmado).

(03/23.020/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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