Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

50
Padrones 2015

Don Nicolás Bayarri Toscano, concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Valdemorillo, provincia de Madrid,

Hace saber:

1.o Que por resolución de la Concejalía de Hacienda, de 7 de julio de 2015, han sido aprobados inicialmente los padrones correspondientes al ejercicio 2015 de los impuestos que a continuación se relacionan:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales.

— Impuesto sobre actividades económicas.

— Tasa entrada y salida de vehículos a través de las aceras y reservas vía pública para aparcamiento, carga y descarga (tasa vados).

2.o Que dichos padrones se encontrarán en la Oficina Municipal de Recaudación por espacio de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlo pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante el concejal-delegado de Hacienda, como paso previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo.

3.o Que durante los días hábiles comprendidos entre el 15 de septiembre y el 30 de noviembre de 2015 estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos del presente ejercicio correspondientes a los tributos anteriormente mencionados.

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de los recibos en cualquiera de las siguientes entidades de depósito: “Bankia”, “Banco Santander”, BBVA y “Banco Popular”, pudiendo solicitar duplicado del recibo en la Oficina Municipal de Recaudación, sita en plaza de la Iglesia, número 3.

Los recibos con domiciliación bancaria se cargaran en cuenta el día 10 de octubre de 2015.

Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de entidades bancarias o cajas de ahorro confederadas y cooperativas de crédito calificadas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva a todos los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Valdemorillo, a 7 de julio de 2015.—El concejal de Hacienda, Nicolás Bayarri Toscano.

(02/4.051/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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