Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150728-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

48
Delegación de competencias

Decreto 143/2015.—Resolución de Alcaldía de delegación de competencias.

Vista la celebración de las elecciones municipales el día 24 de mayo de 2015, y habiéndose procedido el día 3 de julio de 2015, a la constitución de la nueva Corporación Local. En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Delegar el área/materia de servicios sociales, mayores, sanidad y mujer a la concejala doña Aurora Panés Delgado.

Segundo.—Delegar el área/materia de cultura, juventud, participación ciudadana y nuevas tecnologías y festejos a la concejala doña Claudia Candela Núñez.

Tercero.—Delegar el área/materia de deportes y personal al concejal don José María Barrado Jiménez.

Cuarto.—Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la resolución del nombramiento al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, igualmente publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por alcalde.

Lo manda y firma el alcalde, César Muñoz Mateos, en Villanueva de Perales, a 26 de junio de 2015, de lo que como secretario-interventor doy fe.—Ante mí, el secretario-interventor, David Povedano Alonso.—El alcalde, César Muñoz Mateos.

(03/21.500/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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