Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
13-07-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150713-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ÁVILA NÚMERO 1

147
Procedimiento 171 de 2015

EDICTO

Doña María Jesús Martín Chico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ávila.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 171 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther García Guerrero, contra “Popitalo Inversiones, Sociedad Limitada”, don Guillermo Rodríguez Vega y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando como estimo la demanda formulada por la parte actora doña Esther García Guerrero, contra la parte demandada la empresa “Popitalo Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a esta a que abone a la parte actora la cantidad de 1.261,28 euros; todo ello, más el interés legal por mora de los conceptos salariales objeto de condena.

Contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Popitalo Inversiones, Sociedad Limitada”, y don Guillermo Rodríguez Vega, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el “Boletín Oficial de la Provincia de Ávila” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ávila, a 18 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.307/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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