Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
13-07-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150713-146

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6

146
Ejecución 152 de 2015

EDICTO

Doña María Dolores Millán Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.202 de 2012, ejecución número 152 de 2015, a instancias de don Nazi Galonian, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (hoy “Terral Wind, Sociedad Limitada”), en la que el día 4 de junio de 2015 se han dictado auto y decreto de ejecución, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia firme de fecha 11 de diciembre de 2014 a favor de la parte ejecutante don Nazi Galonian, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (hoy “Terral Wind, Sociedad Limitada”), parte ejecutada, por importe de 4.974,68 euros de principal, más la cantidad de 298 euros calculados para intereses y otros 497 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita acredite haber consignado depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” que este Juzgado mantiene abierta en la entidad “Banco Santander” con el número 0116/0000/65/1202/12, indicando en el concepto “Recurso social/reposición”.

Así lo manda y firma doña Ana Belén Cordero Naharro, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 6 de Alicante.—Doy fe.

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita acredite haber consignado depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” que este Juzgado mantiene abierta en la entidad “Banco Santander” con el número 0116/0000/65/1202/12, indicando en el concepto “Recurso social/reposición”.

Y para que conste y sirva de notificación a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada” (hoy “Terral Wind, Sociedad Limitada”), que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber a la misma de que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante, a 4 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.151/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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