Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
13-07-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150713-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3

64
Juicio de faltas 219 de 2015

EDICTO

Doña Trinidad Sánchez Ramos, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 de Parla.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 219 de 2015 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Parla, a 10 de junio de 2015.—Vistos por mí, doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Parla, los presentes autos de juicio de faltas número 219 de 2015, seguidos por una presunta falta de hurto, siendo denunciante don Juan Luis Piqueras, como representante de la entidad “Supeco”, siendo denunciado don Tomás Marsik, asistido de la letrada la señora Blázquez, habiendo sido parte el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Tomás Marsik de la falta que venía siendo denunciado, con declaración de las costas del juicio de oficio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro de los cinco días siguientes al de su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Tomás Marsik, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Parla, a 11 de junio de 2015.—La secretaria (firmado).

(03/19.455/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150713-64