Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
13-07-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150713-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VIGO NÚMERO 4

164
Procedimiento ordinario 491 de 2015

EDICTO

Doña Marta Lagos Suárez-Llanos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Vigo.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña María Luján Grassi Estévez, contra “Empleabilidad y Trabajo Temporal ETT, Sociedad Limitada”, y “K-Hablas Telecomunicaciones, Sociedad Anónima”, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad (3), registrado como procedimiento ordinario número 491 de 2015 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, citar a “K-Hablas Telecomunicaciones, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5 de febrero de 2016, a las nueve y veinticinco y nueve y treinta horas, en la tercera planta, Sala 6, edificio Xulgados, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “K-Hablas Telecomunicaciones, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Vigo, a 24 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.342/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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