Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150707-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

96
Procedimiento 710 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 710 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Wilman Rigoberto Bustamante Calderón, frente a “Diseños Temporales en Espacios Reducidos, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Proyectos D&A”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimo la demanda del actor don Wilman Rigoberto Bustamante Calderón, y declaro la improcedencia de su despido con fecha de efectos de 20 de mayo de 2014.

Declaro extinguida la relación laboral entre dicho trabajador y las dos empresas demandadas con fecha de efectos de esta sentencia.

Estimo la acción de reclamación de cantidad y declaro debida la cantidad reclamada por liquidación.

En consecuencia, condeno de forma solidaria a las demandadas “Diseños Temporales en Espacios Reducidos, Sociedad Limitada”, y “Proyectos D&A”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abonen al actor de forma solidaria la cantidad de 26.516,44 euros por concepto de indemnización por despido, más 2.258,00 euros por liquidación. Esta última cantidad será incrementada en el interés legal desde la fecha del despido hasta su total pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria de Fondo de Garantía Salarial, que abonará al actor la cantidad objeto de condena, hasta el límite legal, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, con el número 2510, con la indicación del número de procedimiento 710 de 2014, en la sucursal del “Banco Santander” (oficina situada en la planta primera de la sede de estos Juzgados), así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Diseños Temporales en Espacios Reducidos, Sociedad Limitada”, y “Proyectos D&A”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.836/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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