Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150707-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77

57
Procedimiento ordinario 1.699 de 2011

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.699 de 2011, entre doña María Isabel Bermejo Ruiz, don Mariem Absdeselam Chakoru y don Saleh Tarek Abbas, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 61 de 2014

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—Vistos por mí, doña Sonia Alicia Chirinos Rivera, magistrada-juez en funciones en el Juzgado de primera instancia número 77 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.699 de 2011, seguidos a instancias de doña María Isabel Bermejo Ruiz, representada por la procuradora señora De la Plata Corbacho y bajo dirección técnica, contra don Saleh Tarek Abbas y don Mariem Absdeselam Chakoru, en situación de rebeldía, sobre reclamación de la cantidad de 6.488,54 euros.

Fallo

Que estimando íntegramente como estimo la demanda presentada por doña María Isabel Bermejo Ruiz, contra don Saleh Tarek Abbas y don Mariem Absdeselam Chakoru, declarados en rebeldía procesal, debo condenar y condeno a los demandados al pago de la cantidad reclamada de 6.488,54 euros.

Todo ello con el correspondiente pago por los demandados de los intereses legales devengados desde la fecha de la interposición de la demanda, y con expresa condena al pago de las costas de este juicio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles desde el siguiente a su notificación, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que sirva de notificación a don Mariem Absdeselam Chakoru y don Saleh Tarek Abbas expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de junio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/3.783/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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