Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2015

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150630-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRAOJOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

43
Reglamento exclusión factura electrónica

Habiendo aprobado este Ayuntamiento el reglamento sobre exclusión de obligación de presentar factura electrónica en aquellas facturas inferiores a 5.000 euros, cuya aprobación inicial apareció publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 99, de 28 de abril de 2015, y no habiéndose presentado reclamación ni alegación alguna, ha quedado definitivamente aprobado, siendo su texto literal el siguiente:

REGLAMENTO SOBRE EXCLUSIÓN DE OBLIGACIÓN DE PRESENTAR FACTURA ELECTRÓNICA EN AQUELLAS FACTURAS INFERIORES A 5.000 EUROS

Artículo único.—Haciendo uso de lo previsto en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, este Ayuntamiento excluye de la obligación de facturación electrónica a los proveedores cuyas facturas no excedan un importe de 5.000 euros.

Disposición final.—El presente Reglamento entrará en vigor a partir de la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siempre que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Lo que se hace público haciendo constar que contra el citado Reglamento puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Braojos de la Sierra, a 10 de junio de 2015.—El alcalde, Ricardo J. Moreno Picas.

(03/18.787/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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