Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150611-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36

192
Ejecución 4 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 4 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ramón Sacristán Jiménez, frente a “Bec Sensaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Visto el estado de las presentes actuaciones, y resultando que aún queda pendiente de satisfacer la totalidad por la que se despachó la presente ejecución, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes de la deudora que le consten.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

En fecha 24 de enero de 2015 se ha obtenido el anterior resumen de solicitud de embargo de cuentas bancarias trabado en esta ejecución, obtenido de la correspondiente aplicación informática, únase a los autos de su razón.

Visto su contenido, según el cual la parte ejecutada ostenta “otras posiciones financiera” en la entidad “Banco Santander”, requiérase a la misma a fin de que en el plazo de cinco días proceda a poner en conocimiento de este Juzgado toda la información específica relativa a la identificación de dichas posiciones financieras, detallando la naturaleza e importe de las mismas, así como todos los datos necesarios a fin de su posible embargo.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bec Sensaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.801/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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