Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150611-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

134
Ejecución 69 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 69 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Faustina Noval Fuentes, frente a “Matricor, Sociedad Limitada”, “Matrimad, Sociedad Limitada”, y “Tubefac, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Dolores Marín Relanzón.—En Madrid, a 30 de abril de 2015.

Visto que en el acto de la comparecencia señalada para el día de la fecha no se ha hecho alegación alguna por parte de la demandante respecto a lo solicitado a través del recurso de reposición interpuesto contra la diligencia donde se acordaba señalar el incidente, y habiéndose celebrado la comparecencia y continuado el curso de la ejecución despachada, procede dejar sin efecto dicho recurso de reposición.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre doña Faustina Noval Fuentes y las empresas “Matrimad, Sociedad Limitada”, “Matricor, Sociedad Limitada”, y “Tubefac, Sociedad Limitada”, con efectos desde la fecha de la presente resolución, sustituyendo la obligación de readmisión incumplida por la parte empresarial, por la obligación de la misma de abonar a la actora una indemnización de 40.145,70 euros (salvo error u omisión).

Asimismo, debo condenar a las citadas empresas a abonar a la actora, en concepto de salarios de tramitación, una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido (3 de febrero de 2014) hasta la fecha de la presente resolución declarativa de la extinción de la relación laboral, a razón del salario diario de 54,62 euros consignado en la sentencia, sin perjuicio de los descuentos que, en su caso, correspondan por lo percibido en otro empleo posterior al despido o los períodos de incapacidad temporal, si los hubiere.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2513/0000/64/0069/15.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tubefac, Sociedad Limitada”, “Matricor, Sociedad Limitada”, y “Matrimad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.968/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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