Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 137

Fecha del Boletín 
11-06-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150611-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

77
Ejecución 185 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 185 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Martínez San Vicente, don Eusebio Barquero Serrano, don Francisco Rodríguez Calatayud, don Jesús de Navas García, don José Cantos Valle, don José Manuel de la Hoz Bolado, doña María Consuelo Morona Antequera y don Miguel Ángel Ballesteros González, frente a “Plaka, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini.—En Madrid, a 7 de abril de 2015.

Por recibido la anterior comunicación del Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes, únase a los autos de su razón, poniéndolo en conocimiento de las partes.

A la vista del mismo, se acuerda el embargo del sobrante que pudiera existir en el procedimiento que se tramita en el Juzgado de primera instancia número 4 de Alcobendas, con el número de procedimiento de ejecución hipotecaria 587 de 2010, seguido contra la misma empresa apremiada, a fin de cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución, así como, en su caso, la retención del sobrante que pudiera existir en su día, librándose a tal efecto el oportuno oficio al referido Juzgado, solicitando asimismo:

a) Se informe del estado de las actuaciones y de la total cantidad objeto del apremio en dicho procedimiento.

b) Relación certificada de los bienes embargados y de su peritación.

c) Se ponga en conocimiento de las partes, depositarios, administradores o deudores de la ejecutada u otros organismos, el nuevo embargo que se traba con el fin de que quede garantizada la efectividad del mismo (artículos 258 de la Ley de la Jurisdicción Social y 610 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Plaka, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.965/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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