Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
09-06-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150609-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Distrito de Villaverde

52
Vanesa Galdeman Ramírez

Se notifica, en virtud de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a las personas/entidades relacionadas a continuación, en relación a los expedientes igualmente relacionados, que, una vez se ha constatado que el funcionamiento de la actividad se encuentra interrumpido por un plazo superior a seis meses, lo que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.c) de la Ordenanza de Tramitación de Licencias y Control Urbanístico implicaría la caducidad de la licencia, por lo cual se comunica que, a efectos de lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, y si lo estiman pertinente, se tome vista del expediente y presente las alegaciones que considere oportunas, previo, en su caso, a la resolución expresa de declaración de caducidad de la licencia.

Expediente. — Interesado. — Emplazamiento

112/2014/2558. — Vanesa Galdeman Ramírez. — Platino, 2.

112/2015/411. — Roberto Ysabel Febrillet. — Ignacio Santos Viñuelas, 29.

112/2006/4873. — Tervisa, Sociedad Anónima. — P. Alberto Palacios, 72.

Los expedientes se encuentran a disposición de los interesados en el Negociado de Licencias del Distrito de Villaverde, donde podrán tomar vista del mismo.

Madrid, 2015.—El jefe de la Sección de Licencias y Autorizaciones, Diego Yúfera Quintanilla.

(02/3.292/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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