Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
05-06-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150605-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

74
Ejecución 40 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 40 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo del Pozo Alvaredo, frente a “Soluciones Logísticas Madrid Avanza Agencia del Transporte, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 6 de mayo de 2015.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Ricardo del Pozo Alvaredo con la empresa “Soluciones Logísticas Madrid Avanza Agencia del Transporte, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 39.256,49 euros en concepto de indemnización y la cantidad de 83.885,73 euros en concepto de salarios devengados desde el despido de fecha 17 de mayo de 2013 hasta la presente resolución, en total setecientos diecinueve días a razón de 116,67 euros por día.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2518/0000/64/0738/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Teresa Orellana Carrasco.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Soluciones Logísticas Madrid Avanza Agencia del Transporte, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 6 de mayo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.351/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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