Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150530-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TARRAGONA NÚMERO 1

91
Expediente 1.009 de 2013

EDICTO

Doña Ángela Iribas Cabrera, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Tarragona.

Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado el expediente número 1.009 de 2013, instado por don José Andrés Miranda Faba, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en el cual se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don José Andrés Miranda Faba, defendido por letrada, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, con emplazamiento del Fondo de Garantía Salarial, condenando a la parte demandada a pagar al trabajador demandante la cantidad de 3.026,51 euros brutos de conformidad con el fundamento jurídico quinto de esta resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta sentencia es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno [artículo 191.2.g) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social].

Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en primera instancia.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y se inserte en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido el presente, dado el ignorado paradero de la misma, haciéndole saber que la copia de la resolución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo social número 1. Asimismo, se le advierte que será de aplicación en cuanto a las ejecuciones lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, y por ello las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

En Tarragona, a 29 de abril de 2015.—La secretaria judicial, Ángela Iribas Cabrera.

(03/15.080/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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