Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150530-40

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

40
Ejecución 277 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 277 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Florentina Loredana Dulgheru, frente a “Cafetería Tinames, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 916,20 euros de principal, se declara la insolvencia parcial de la empresa ejecutada “Cafetería Tinames, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, notificándose a la empresa ejecutada a través de edictos remitidos al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID conforme a lo prevenido en la Ley y una vez firme, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2518/0000/64/1242/12.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cafetería Tinames, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.020/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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