Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150529-276

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

276
Procedimiento 402 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 402 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nuria Sánchez Cordero, frente a don Luis Miguel Ortiz Vacas, “Contraste Multimedia, Sociedad Limitada”, “Creaciones Profesionales, Sociedad Limitada”, y “Piqué Paredes Abogados Asesores, Sociedad Limitada”, sobre despidos/cedes en general, se ha dictado decreto de fecha 3 de febrero de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se aprueba la condición obtenida por las partes, en fecha 3 de febrero de 2015, en los términos siguientes:

Con carácter previo la demandante desiste de todos los demandos con excepción de “Creaciones Profesionales, Sociedad Limitada”, con quien se procede a un acuerdo en los siguientes términos.

La empresa “Creaciones Profesionales, Sociedad Limitada”, se ratifica en la improcedencia del despido reconocida en su día con efectos de fecha 28 de febrero de 2014, y ofrece en concepto de mayor indemnización el importe de 18.000 euros netos que se abonarán a la actora en seis plazos iguales los días 15 de febrero al 15 de julio de 2015, en la cuenta corriente donde la trabajadora venía percibiendo su nómina.

La trabajadora acepta, y con el percibo de dicha cantidad, se da por saldada y finiquitada por todos los conceptos.

Se advierte a las partes que el impago de uno solo de los plazos hará exigible la ejecución por totalidad de las cuantías pendientes de abonar.

Su señoría la secretaria judicial, aprueba la avenencia alcanzada por las partes, dando por concluido el acto, y procede a continuación a dictar el decreto de aprobación extendiéndose la presente acta que firman los asistentes, de lo que doy fe.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 4684/0000/61/0402/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Contraste Multimedia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.692/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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